lunes, 25 de mayo de 2009

AUTOEVALUACION

Debido a que en nuestra sociedad se tiene el pensamiento de que la constitucion politica de nuestro pais es un texto que solo es interpretado por personas que han estudiado leyes, o que son ilustres y debe de tener un analisis especial y muchas veces la constitución política puede sonar como un termino complejo, dificil de entender por su elevado lenguaje, pero en este curso se puede entender que la constitucion no es un texto complejo si se interpreta y se orienta a nuestra vida para asi conocer nuestros principios, deberes, derechos para asi pasar de lo que se encuentra alli plasmado, para pasar a la practica y volverla util y adaptable a cada caso.

Nuestra constitucion politica fue creada para que en nuestra sociedad existiera un control equitativo y se respetaran y se conocieran todas las normas que se deben cumplir para vivir en armonia.
Pero, desafortunadamente, nuestra sociedad se ha visto infiltrada y envuelta en muchos fenómenos que han llevado a una gran problematica de indole social y esto conduce a que se infrinja la ley y malas politicas que solo hacen que esta problematica cada vez mas se descontrole y aumenten sus indices. Nuestro pais cuenta con altos indices de pobreza, falta educacion y un mal manejo de la informacion porque no se transmite de forma equitativa los derechos y deberes con los que debemos cumplir y los medios para hacerlo, Muchas veces se peca por omisión, y se ven violados nuestros derechos y ni cuenta nos damos en muchos casos porque no conocemos de estos, y todo esto conduce a que cada persona se interese por sus propios intereses y no busque que nuestra constitucion se cumpla y se valore, ademas falta conciencia de que esta problematica a todos nos toca tarde que temprano
Considero que en nuestro pais se le deberiadar mas importancia al respeto de la constitucion, dibulgar la manera que existe para hacernos respetar y respetar a nuestra sociedad, que no somos una persona sino una poblacion que lucha junta,pues de ahi radica la importancia de las leyes que rigen en nuestro país, es ahi en donde podemos ver el rumbo correcto que se debe seguir para asi tener conocimiento hacerca de nuestros deberes y derechos como colombianos,y no permitir que nos atropellen por falta de conocimiento.

DERECHO A LA VIDA

EL DERECHO A LA VIDA es el derecho mas importante e inviolable a la persona humana.
Pero desafortunadamente se puede observar que en nuestra sociedad es un derecho que se ve altamente violado porque primero no hay conciencia porque no se tiene la moral ni los criterios necesarios para saber que ninguna persona tiene la supremasia para decidir quien vive y quien no lo puede hacer; y segundo no se tiene un control ni medidas para cambiar esta mentalidad y la maquina de destruccion que se ha creado con el fin de cumplir siempre con lo que se quiere: SUS INTERESES.
Es mas, hasta se ha creado un movimiento que apoya el aborto no entendiendo que esa personita en el vientre tambien tiene derechos y que son inviolablres.

NADA JUSTIFICA QUE NOS CONVIRTAMOS EN JUECES QUE DECIDEN QUIEN MERECE VIVIR Y BAJO QUE CIRCUNSTANCIAS LO DEBE DE HACER!!!!

APLICACION CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

este codigo es un documento rector para todas las personas que ejercen autoridad pública donde se encuentra regido por los principos de Inmediatez,celeridad y Economía.

Me parece importante que los desarrolladores de software conozcamos y lo apliquemos porque es un fundamento técnico para nuestro entorno laboral, nos explica como debemos actuar en nuestro entorno, además la manera de como se debe de actuar si debemos hacer reclamaciones y también como especificaciones técnicas para el desarrollo de software de manejo de solicitudes.
debemos ser concientes de este tipo de reglas sugeridas y seguirlas para poder ayudar a las personas que están esperando reclamos o realizando trámites.

CLASE: 30 ABRIL

La corrupcion es un fenomeno que ha envuelto y desafortunadamente alimenta los intereses de nuestra sociedad colombiana y a la cual le ha tocado aprender a convivier con estos hechos que han marcado a nuestra sociedad y la cual no ha distinguido entre pobres y ricos, y es alli en donde queda la duda de que realmente se este luchando por la tranformacion y mitigacion de esta, en el cambio de los intereses cuando el principal objetivo es lo personal y el YO sobre todas las cosas.

EN NUESTRA SOCIEDAD, NADIE HACE HADA SIN ANTES SABER QUE VA A OBTENER UN BENEFICIO, NO IMPORTANDO SI SE ENCUENTRA EN RIESGO NUESTRO PAIS Y ECONOMIA.

domingo, 19 de abril de 2009

clase 16-04-09: Rama Ejecutiva Colombiana

la rama Ejecutiva es la que representa el gobierno. Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos. A nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los secretarios de gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus secretarios de gabinete.

Como he mencionado con anterioridad, hay muchos elementos externos que se infiltran y realimentan en muchos entes del orden público... y estos se crean externamente y se van transformando cada vez de una manera cotidiana, por lo cual no se pueden volver agenos, pues en nuestra realidad se ve que mucha de la población se ve reflejada una situación crítica, circunstancias y creencias que generan implicaciones en la economía hasta llegar a la economía ilegal, hay que recordar que hay porcentaje alto de la población colombiana que no tiene acceso a la propiedad por la falta de oportunidades y la lucha constante por el bien individual y motivado por sus propios intereses que no les importa pasar por encima de las personas y de los derechos humano y haciendo que el reparto de la propiedad sea en una mayor parte la propiedad en tierra y de manera nefasta, no hay acceso al trabajo y llevandolos a disfrasarsen como empleados en un subempleo o rebusque, se hacen sobornos a las entidades estorciones y esto dificulta muchisimo la convivencia pues hay violación y no hay cumplimiento de la ley. Todo lo anterior motiva a que se presenten estos cánceres, y lo mas preocupante es que la juentud se esta quedando huerfana de oportunidades.

La única manera que yo veo para cambiar toda esta problemática, es repensar todo el manejo que se le esta haciendo a este sector público, y esto no es tarea de alguien superior o con oportunidades y mucho dinero, o aquel que es el mas ilustrado... esto es tarea de todos porque debemos despertar un sentimiento de pertenencia hacia la constitucion y hacia los valores, porque estamos viviendo una realidad que tarde que temprano nos va a absorver, hay que vivir en el respeto desde los derechos hacia las personas porque esto implica la convivencia y facilita la interaccion con las entidades judiciales

clase: 02-02-09: Derecho de Petición, el codigo contencioso administrativo y el principio de la buena fé

El derecho de petición es un derecho fundamental que tenemos todas las personas realizar peticiones de manera respetuosa y se realiza ante las autoridades públicas. Este derecho se solicita cuando existe la necesidad de que informen o resuelvan una situación o inquietud de forma rápida y efectiva.

Una vez se presenta este derecho, el funcionario responsable tiene un plazo para contestarla de 15 días, de no contestarlo (sea la respuesta positiva o negativa), el funcionario incurre en causal de mala conducta y podría llegar a ser destituido de su cargo, e incluso ser acusado de cometer un delito y estaría violando el principio de la buena fé.

El código contencioso administratvo contiene las normas que deben de seguir y las que se deben de aplicar a los órganos, corporaciones y dependencias que se encuentran en las ramas del poder público en todos sus campos y estos buscan que el servicio que se ellas presten sea de la mejor calidad y evitar que entes externos hagan que se vuelvan negligentes y se genere una desigualdad a la hora de realizar la asignacion de tareas y el poder que se les da...
Pues bien, el codigo contencioso administrativo tiene muy bien sentadas las bases para regular las entidades públicas, pero hay que tener en cuenta que en nuestra realidad hay muchas realidades que se vienen presentando, por ejemplo, la corrupcion es un un mal que tenta a las instituciones públicas de nuestro país Colombia, y esto se facilita porque los seres humanos tenemos errores y ademas hay que tener claridad de que cada institucion tiene su propio código.
También debemos tener en cuenta el principio de la buena fé (cápitulo 4, artículo 83) que debe primar sobre todas las acciones que realizamos, y esto también se ve plasmado en nuestra constitución, es decir; que la enunciación de los derechos no es excluyente, el no mencionarlos en la constitucion no implica que no existan, hay que tenerlos en cuenta porque hay convenios internacionales, dando flexibilidad, hay que saber que se conceden los derechos no solo porque esta escritos sino que hay posibilidades.
Todos debemos de cumplir con el principio de la buena fé... hasta el mismo estado, el debe de responder por los daños que causa, responder por los perjuicios que causa por omision o negligencia.
Si en nuestro país se respetara este principio, se evitarían muchos delitos que realizan las instituciones públicas, si se condenara al estado por lo que los funcionarios que dependen de él haga y éste después le cobrara a éste, de seguro que existiría mas respeto a la constitución y se tendría una mejor definición de roles y nada estaría hecho por debajo de lo legal.

miércoles, 1 de abril de 2009

La Tutela

LA ACCIÓN DE TUTELA

Es la garantía constitucional del derecho que tiene toda persona , orientada a la protección judicial de sus derechos fundamentales a través de un recurso efectivo llamado tutela.

Fue creada con el fin de que las personas la utilicen para reclamar ante los jueces y toda persona tiene derecho de acción de tutela para reclamar ante los jueces en todo momento y lugar la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resulten vulnerados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos que señale este, todos los días y horas son hábiles para interponer la acción de tutela, y esta protección se ve especificada en el Art. 1 decreto 2591 de199. En este artículo se hace un recuento del desarrollo de la acción de tutela en Colombia.

En la solicitud de tutela se expresa, con la mayor claridad posible, el derecho que se considera violado o amenazado, el nombre de la autoridad pública o del órgano autor de la amenaza o agravio, se describe las demás circunstancias relevantes para decidir la solicitud. También contendrá el nombre y lugar de residencia del solicitante.

La tramitación de la tutela esta a cargo del juez, del presidente de la sala o del magistrado a quien este designe, en turno riguroso, y será sustanciada con prelación para lo cual se pospondrá cualquier asunto de naturaleza diferente, salvo el de habeas corpus. Los plazos son perentorios e improrrogables.

La acción de tutela no procede cuando existen otros recursos o medios de defensa judiciales, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. Cuando para proteger el derecho se pueda invocar el recurso de habeas corpus. Cuando se pretenda proteger derechos colectivos, tales como la paz y los demás mencionados en el Art. 88 de la Constitución nacional. Cuando sea evidente que la violación del derecho origino un daño consumado, salvo cuando continúe la acción u omisión violatoria del derecho. Cuando se trate de actos de carácter personal, general o abstracto.

Por ejemplo, si en la universidad ocurre una marcha pacífica, y siendo esta legal y autorizada de ante mano. Debido a que la comunidad escucha las voces decide llamar al escuadrón móvil anti disturbios (ESMAD) para que todo siga en normalidad, y debido a la situación, se desencadena una reacción violenta de ambas partes, y un estudiante que en esos momentos pasa y no tiene nada que ver con esta situación es retención de manera ilegal, y quien es llevado y recluido en una unidad de permanencia, sindicado del delito de rebelión y a disposición de la Fiscalía Seccional de esa localidad.

Según el denunciante, el grupo no presentó orden judicial, sólo lo tomo de forma violenta, no encontraron ningún elemento ilegal y no se dirigió a ningún otro miembro de la marcha. Describe que durante su retención fue objeto de tortura física y sicológica, consistente en múltiples golpes y en la imposición de un machete sobre su cuello con el que amenazaban cortarle la cabeza. Adicionalmente se le amenazó para que no denunciara lo sucedido, advirtiéndole que de hacerlo su suerte sería peor.

La tutela que se debe de realizar es la siguiente:

Señor

Juez Fernando Marín de la ciudad de Pereira
E. S. D.

Mario Hernández Zuluaga, identificado como aparece al pié de mi firma, obrando en nombre propio acudo a su despacho a solicitarle el amparo constitucional establecido en el Art. 86 de la Constitución Política denominado ACCION DE TUTELA en contra del ESCUADRON MOVIL ANTI DISTURBIOS SECCIONAL PEREIRA RISARALDA y/o quien corresponda a fin de que se sirva hacer las siguientes o similares:

DECLARACIONES

Ordenar al ESCUADRON MOVIL ANTI DISTURBIOS SECCIONAL PEREIRA RISARALDA y/o quien corresponda que en el término de 48 horas OTORGUE EL DERECHO DEL HABEAS CORPUS debido a que el grupo no presento orden judicial para el arresto.

Ordenar al ESCUADRON MOVIL ANTI DISTURBIOS SECCIONAL PEREIRA RISARALDA y/o quien corresponda que GARANTICE LA PRONTA LIBERACION POR FALTA DE PRUEBAS AL NO ENCONTRAR NINGUN ELEMENTO ILEGAL (es decir que no haya demora)

Para evitar presentar tutela por cada evento, solicito ORDENAR QUE LA ATENCIÓN SE PRESTE EN FORMA INTEGRAL es decir todo lo que requiera en forma PERMANENTE y OPORTUNA.

Prevenir al DIRECTOR DEL ESCUADRON MOVIL ANTI DISTURBIOS SECCIONAL PEREIRA RISARALDA de que en ningún caso vuelvan a incurrir en las acciones que dieron mérito a iniciar esta tutela y que si lo hacen serán sancionadas conforme lo dispone el Art. 52 del Decreto 2591/91 (arresto, multa, sanciones penales)

PRUEBAS

Testimonial:
Para establecer que no tengo implicaciones delictivas de las que me culpan, sírvase citar y escuchar en declaración a las siguientes personas:

(Nombre) ______________
Residente en la (dirección completa) _____________ teléfono _____

(Nombre) ______________
Residente en la (dirección completa) _____________ teléfono _____

HECHOS

He sido culpado de Rebelión y no hay pruebas que asi lo ameriten.

Me encuentro recluido en una unidad de protección en la ciudad de Pereira.

Mi oficio como persona es ser estudiante de ingeniería de sistemas de la Universidad Tecnológica de Pereira

Manifiesto bajo la gravedad del juramento que no se ha presentado ninguna otra acción de tutela por los mismos hechos y derechos.

NOTIFICACIONES

Al suscrito:
Mario Hernández Zuluaga CC. 12345678 de Pereira, Risaralda

En la calle XX con carrera YY Pereira, Risaralda
teléfono1234567


Firma y cédula

jueves, 26 de marzo de 2009

clase: 26-03-09: Administración de justicia

La justicia se define como:

"Virtud moral según la cual se da a cada uno lo que le corresponde o lo que le pertenece, es decir, Dar a cada uno lo suyo”. Nació como una necesidad de mantener y garantizar la armonía entre sus integrantes, creando para ello un conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autoriza, prohibe y permite acciones en la interacción de individuos e instituciones.

En nuestro país, Colombia; existen artículos que estan basados en la administración de la justicia, algunos de estos son:

Artículo 228: Es también conocido como artículo Rector. En este artículo se encuentra el funcionamiento de las instancias que conforman la rama judicial, estas son: Juridicción Ordinaria, Jurisdicción Contencioso Administrativa, jurisdicción Constitucional. fiscalía General de la Nación. Jurisdicciones Especiales.
En él se dice que la administración de justicia es función pública, cuyo ejercicio depende de la rama Judicial, no de las otras ramas, y esto se ve de manera notoria en nuestro país, y más con los beneficios que han otorgado a algunas personas que llevan un proceso, y por "colaborar con la justicia" entonces le quitan su pena y le dan otro título y le dan beneficios... esto se ve mucho con las personas actoras de los conflictos armados, como lo que sucede con Karina, nombrados jueces de paz despues de los crimenes tan atrozes que han cometido, este proceso es interferido por el ejecutivo porque estan siendo procesados por las leyes, paran este proceso y los convierten en libertad.
En esta rama hay que tratar de:
-Velar porque prevalezca el derecho sustancial, es decir tener en cuenta los derechos, y es aqui en donde los funcionarios deben tener muy desarrollada la parte humana.

-Saber argumentar para poder sustentar los adjetivos que sustentan los derechos humanos en la cosntitución, esto lo usan los abogados, y muchos tambien se aprovechan de la ignorancia.

-Que todos los procesos que administra las autoridades tienen plazos y son sancionatorios para los funcionarios responsables de ellos.

-Que hay una norma para procesos disciplinarios, esto explicado en el artículo 29.

-En el artículo 29 se explica que se regulan las violaciones a los derechos fundamentales porque hay errores humanos, se tiene en cuenta que los humanos pueden errar y nada de lo que hacemos queda perfecto al 100% y esto se tiene en cuenta encada institución pública, es decir, hay que tener diferentes formas de juzgar, y por ello la ley no puede actuar en un delito de igual manera para todas las personas. Hay que pensar que el derecho es un garante para sentirnos seguros, aunque siempre de una u otra forma estamos expuestos a arbitrariedades del poder.

-Tenemos propencion cultural a ser castigadores, a juzgar a nuestro concepto y a como percibimos la realidad y las experiencias de las que se han aprendido y adquirido juicios, hay que tener en cuenta que nadie es culpable hasta que por un proceso judicial no se declare culpable por pruebas encontradas, y esto es conocido como presunción de Inocencia y cada persona tiene derecho a éste concepto.

Clase: 05-03-09: ¿Y cómo se controla al poder de nuestro país?

En Colombia hay muchas entidades encargadas de examinar y controlar al presidente, y algunos artículos de la constitución para regular dicho poder.

Existe un control parlamentario, regido por la Cámara de Representantes y es una de las dos cámaras que componen el Congreso de la República, y se encuentra conformada por 166 Representantes elegidos por voto popular. Las funciones de la cámara de representantes son iguales que las que tiene el congreso de la república y pueden ser constituyente, legislativa, de control politico y judicial.

tomando como base la constitución colombiana, en el artículo 234 se habla de la juridicción ordinaria de organismos, es decir; los campos o funcionamientos de algunos de los departamentos que estan a cargo del gobierno, y por obvios motivos, ésta depende de los cargos definidos para ellos, de la investidura que se tiene que generar en nuestro país por sus condiciones y exigencias del entorno que nos rodea, y en muchos casos se genera una división de trabajo según los conflictos que se presentan y su propia influencia, y cabe mensionar que la cultura también hace su aporte con las costumbres que tienen fuerza en la ley en las constumbres mercantíles.
También se mensiona las atribuciones. Por ejemplo, actuar como tribunal de casación es de recursos complejos que se discuten las decisiones tomadas con las leyes, es decir; única y exclusivamente hacer uso de la argumentación.
También para entender este artículo, hay que tener presente que son la fuente del derecho la doctrina y la jurisprudencia: si no existe la norma, entonces viene y actua la jurisprudencia... pero, entonces, que es la jurisprudencia?... Pues bien, este concepto se refiere a las decisiones que ya existen en el ámbito judicial.

En el artículo 235, se menciona el Juzgar al presidente de la república y la persona que haga las veces de él. Entre las funciones del congreso esta la de juzgar al presidente, pero, pensar que un congreso se encuentre en proceso, es muy dudoso que realicen esta función impecable y tranparente y que en verdad sí sean voceros de las voces y deseos del pueblo.
Y muchas son las veces que se ven arreglos, preventas, situaciones de corrupción y una serie de consecuencias que éstas se conviertan en un carácter mas grave, como por ejemplo lo es el asesinato de muchas figuras con el fin de dejar todo oculto y sus acciones limpias de implicaciones negativas, y esto permitiendo que aparezcan otras entidades externas de regulación que entran a examinar el verdadero sentido y objetivo de estas acciones.

Todo esto, nos lleva a la conclusión, de que si en nuestro país en verdad se hace un verdadero contro al poder del presidente o solo se tiene una constitución en donde todo se queda escrito en el papel.

lunes, 2 de marzo de 2009

Las chuzadas en el D.A.S y la implicación de nuestro presidente

El manejo de la seguridad de la información de las personas es dificil de garantizar su no vulnerabilidad en todos los aspectos, es por ello que se decidió en nuestro país delegar esta función a un departamento que debe de ser de caracter administrativo como es el D.A.S, el tenia el nombre de SIC (Servicio de Inteligencia Colombiano), y debido a su pasado tan oscuro, decidieron cambiarle el nombre por el actual y que se volviera un departamento administrativo, con el fin de buscar la profesionalización. Ahora con el cuento del escandalo de las chuzadas en el D.A.S, que "Se volvió un ente autónomo para seguirle la pista a cualquiera",estaba espiando a todo el mundo,implicando a muchos personajes de alto nivel que se ven comprometidos con el sistema, vuelve a parecer de nuevo la propuesta de cambio como medida para dejar atras todo este historial que cada vez mas nos envuelve y pone en duda nuevamente la buena gestión de nuestro presidente, pues las funciones del presidente son tareas fundamentales, asi esta citado en el artículo 189 de la constitución colombiana:
  • El presidente es jefe de estado, jefe de gobierno. El D.A.S no es una pieza suelta del poder político del país, pues ellos dependen de nuestro jefe de gobierno y por lo cual lo hace responsable de lo que ellos hacen o dejan de hacer.
  • Es el comandante supremo de las fuerzas armadas. El D.A.S no es un departamento que hace parte de las fuerzas militares, pero dadas las circunstancias, no se puede ignorar del conflicto armado interno en el que vivimos; es por ello que trabaja con operaciones conjuntas con el ejercito y la policia, y es por ello que hay que tener en cuenta: esta integrado pero no es ideal si lo vemos desde el punto de vista de la constitución.
  • Debe conservar el orden Público. Las operaciones de guerra que el considere necesarias, y esto conlleva a ser uso de estrategias de inteligencia y a relacionar departamentos para llevarla a cabo.
Con todo lo anterior, podemos visualizar allgunas de las facultades que le son otorgadas al presidente, y que viendolas desde el punto de vista de nuestra constitución, no se encuentran sustentadas por ella, y que simplemente se ven maquilladas por otras que son publicadas por nuestros medios de comunicación.

miércoles, 25 de febrero de 2009

clase 12-02-09

Cuando se habla del término subversion se hace referencia a la destrucción y al transtorno que se genera en las personas a nivel moral.

Según lo visto en clase, dependiendo el Angulo donde se vea, se puede ver una inconformidad de las personas que se encierra en el derecho de vivir en un país de paz y sin la violación a los derecho humanos(el derecho a la vida), a la libre expresión y juicio; Otro la ven desde el Angulo de delincuencia, que enmarca a las vivencias de nuestro país a lo largo de su historia(como por ejemplo, lo sucedido en el palacio de justicia), influenciada por grupos al margen de la ley como lo son la guerrilla y el Estado colombiano, que no desarrolla una política consistente para derrotar a los grupos armados. Es por ello, que hay que tener muy encuenta antes de hablar de derechos humanos, hay qeu tener muy encuenta la dinámica de su involucración

La actividad subversiva consiste en prestar ayuda o apoyo moral a individuos, grupos u organizaciones que promuevan el derrocamiento de gobiernos por medio de la fuerza y la violencia. Todas las actividades voluntarias que son en detrimento de los intereses del gobierno y no caen en la categoría de traición, sedición, sabotaje o espionaje se consideran subversivas. Es el Estado el que debe ser subvertido, sino las fuerzas culturales predominantes, como el patriarcado, el individualismo y el racionalismo científico.

Yo lo veo desde al ángulo donde las personas pelean por derechos del pueblo y por la libre expresión, lamentablemente algunas personas lo utilizan para hacer cosas a su conveniencia como matar en nombre de la liberación del pueblo, pero muy dentro pelean por intereses de algunos pocos que no tiene en cuanta la opinión del pueblo colombiano.